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Bitácora PI

¿PUEDE UN GOBERNANTE INCURRIR EN EL DELITO DE COLABORACIÓN CON BANDA ARMADA?

¿PUEDE UN GOBERNANTE INCURRIR EN EL DELITO DE COLABORACIÓN CON BANDA ARMADA?

Inmaculada MOMPÓ

 

   He recibido la carta de un amigo hispanoamericano en la que alude al Presidente de su República con un calificativo rotundo y nada afectuoso. Además, se lamenta porque cree que sólo en su país es imaginable que un personaje de tal índole detente la primera magistratura del Estado. Estas líneas pretenden demostrar que entre los pésimos efectos de la globalización se cuenta en todo el mundo el acceso a la dirigencia nacional de individuos tan irresponsables como incompetentes. Enunciaré brevemente algunos hechos, la mayoría de los cuales son conocidos ya por el gran público:

 

    1.  El pasado 22 de marzo de 2006 la organización terrorista ETA anunció un “alto el fuego permanente”. Entiéndase por tal una más de las varias treguas declaradas por su parte, siempre con los mismos propósitos de obtener cesiones de gobiernos débiles, o bien reorganizar sus maltrechas bandas de activistas y reaprovisionar sus arsenales. Así ocurrió en 1981, 1988, 1989, 1992, 1995, 1996 y 1997.
    2.  El gobierno presidido por el Sr. Rodríguez Zapatero aceptó inmediatamente de modo entusiasta “explorar el nuevo camino” hacia la paz. Sus propósitos son jaleados por el alborozo de sus aliados en el Parlamento y, de modo señalado, por el Partido Nacionalista Vasco. Esto último, por sí solo, no deja de resultar preocupante habida cuenta de la inolvidable descripción que de ese partido hacía su anterior presidente, el antiguo jesuita Sr. Arzallus: “los que recogen las nueces que cae del árbol que otros sacuden”.
    3.  Posteriores informaciones difundidas por los medios de comunicación revelaron que en realidad el Gobierno, por medio del Partido Socialista, y ETA a través de sus esbirros del “frente político” llevaban varios meses negociando el cuándo y el cómo del sensacional anuncio. Anoto que dichos contactos están rigurosamente vetados, además de por el sentido común y la lógica de Estado, por la vigente Ley de Partidos Políticos y por el Pacto Antiterrorista suscrito por los partidos socialista y popular.
    4.  El Gobierno anuncia alternativamente, por medio de su Presidente, de la Vicepresidenta y del Ministro portavoz que está dispuesto a hablar con los terroristas de cualquier tema, sólo del desarme definitivo, o bien que la agenda está por determinar. La confusión alcanza proporciones tales que se hace temible, e incluso previsible, una rendición incondicional del Estado ante los psicópatas separatistas.
    5.  Rodríguez Zapatero, que empieza a ser conocido por el sobrenombre de “Atila”, expresa en varias ocasiones que la ausencia total de violencia, en cualquiera de sus formas, es conditio sine qua non para el comienzo del diálogo. En fecha muy reciente anunció al Parlamento que su Gobierno había verificado el cese efectivo de las actividades terroristas y que las conversaciones con ETA se iniciarían en los próximos dos meses.
    6.  A despecho de la verificación gubernamental, lo cierto es que José Manuel Ayesa, presidente de la Confederación de Empresarios de Navarra, ha denunciado que en abril y junio – siempre tras el anuncio de “tregua” – empresarios vascos y navarros recibieron de ETA sendas remesas de cartas de extorsión. Como siempre, se les exigía la entrega de importantes cantidades de dinero para permanecer indemnes en esta guerra que sólo un bando ha declarado y el otro se niega a aceptar. Así pues, Zapatero mintió y sigue mintiendo al certificar el cese de la actividad terrorista, salvo que nos quiera convencer que la extorsión económica a cambio de la propia vida no es una forma de terrorismo.
    7.  A mayor abundamiento, el pasado 20 de junio las fuerzas de policía española y francesa capturaron en una operación conjunta a doce miembros de la red de extorsión de ETA, todos ellos activos en su cometido habitual, y entre los cuales figuraba el francés Harocarene Camio, periodista de la progubernamental Cadena SER. La operación fue ordenada por el magistrado español Fernando Grande-Marlaska y su colega francesa Laurence Le Vert.
    8.  Al mencionar a la magistrada francesa es obligado traer a colación el muy serio incidente desvelado el pasado 12 de junio por “El Confidencial Digital”. Según este medio, “la magistrada Le Vert había conseguido datos ciertos sobre una inminente reunión de la cúpula de la banda, en el mes de mayo. Le Vert preparó junto con la policía gala, con cuarenta y ocho horas de antelación, un operativo dirigido a proceder a la detención y desarticulación de la dirección de ETA. Sin embargo, para su sorpresa, cuando los agentes montaron el dispositivo y se apostaron en el lugar indicado, no llegó nadie. La juez, que había tenido informadas a las autoridades españolas, supo después que se había producido una filtración desde España, y que los dirigentes de ETA habían recibido el mensaje de que no acudieran a la cita prevista. Las informaciones recabadas por ECD añaden que la indignación de Laurence Le Vert fue de tal calibre que el secretario de Estado de Interior, Antonio Camacho, tuvo que mantener una conversación personal con la magistrada para intentar calmarla, cosa que logró muy difícilmente”.

 

   El relato de estos acontecimientos suscita múltiples dudas acerca del así llamado “proceso de paz”. En primer lugar, hay que cuestionar la racionalidad del hecho mismo de “negociar” con criminales sobre materias que afectan a la soberanía y unidad nacionales y, por tanto, son ajenas al capricho eventual de un Gobierno. En segundo lugar, cabe preguntarse qué clase de deudas secretas y compromisos previos ha contraído el Partido Socialista con ETA que llevan al Gobierno Zapatero a negar la evidencia de la actividad terrorista e incluso permiten albergar sospechas sobre la colaboración de los servicios de inteligencia españoles con la banda criminal.
Concluyo remitiéndome al título de esta columna y recordando que el vigente Código Penal de 1995 castiga, en su artículo 576.1, con penas de prisión de cinco a diez años los actos de colaboración con las actividades o las finalidades de una banda armada. Por su parte, el artículo 576.2 define dichos actos de colaboración como cualquier forma de cooperación, ayuda o mediación, económica o de otro género, con las actividades de grupos terroristas.

2 comentarios

Urdín -

Veamos. Más que colaboración con banda armada de lo que habría que hablar es del delito de traición: Desgraciadamente nuestro Código Penal, el Código Penal de la Democracia, el de 1998, tiene una interpretación muy generosa del término traición pues partiendo del principio Hegeliano de que si la teoría no se corresponde con la realidad peor para la realidad define la traición exclusivamente frente a una agresión externa como si no fuera posible una agresión interna. Pero claro si la unidad de España está sujeta a discusión política ¿porqué no la licitud del robo o la violación? La mejor forma de hacer desaparecer el delito es ignorarlo o sacarlo del Código Penal.

Rafael -

Me gustaría que me explicaran por qué el interlocutor con el gobierno de España, para decidir el futuro de la sociedad vasca, es el Sr Otegi y sus compinches.
Parece que la soberanía popular que reconoce el Sr presidente no está fundada sobre los votos sino sobre las armas.