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¿PUEDE UN GOBERNANTE INCURRIR EN EL DELITO DE COLABORACIÓN CON BANDA ARMADA?![]() Inmaculada MOMPÓ
He recibido la carta de un amigo hispanoamericano en la que alude al Presidente de su República con un calificativo rotundo y nada afectuoso. Además, se lamenta porque cree que sólo en su país es imaginable que un personaje de tal índole detente la primera magistratura del Estado. Estas líneas pretenden demostrar que entre los pésimos efectos de la globalización se cuenta en todo el mundo el acceso a la dirigencia nacional de individuos tan irresponsables como incompetentes. Enunciaré brevemente algunos hechos, la mayoría de los cuales son conocidos ya por el gran público:
1. El pasado 22 de marzo de 2006 la organización terrorista ETA anunció un “alto el fuego permanente”. Entiéndase por tal una más de las varias treguas declaradas por su parte, siempre con los mismos propósitos de obtener cesiones de gobiernos débiles, o bien reorganizar sus maltrechas bandas de activistas y reaprovisionar sus arsenales. Así ocurrió en 1981, 1988, 1989, 1992, 1995, 1996 y 1997.
El relato de estos acontecimientos suscita múltiples dudas acerca del así llamado “proceso de paz”. En primer lugar, hay que cuestionar la racionalidad del hecho mismo de “negociar” con criminales sobre materias que afectan a la soberanía y unidad nacionales y, por tanto, son ajenas al capricho eventual de un Gobierno. En segundo lugar, cabe preguntarse qué clase de deudas secretas y compromisos previos ha contraído el Partido Socialista con ETA que llevan al Gobierno Zapatero a negar la evidencia de la actividad terrorista e incluso permiten albergar sospechas sobre la colaboración de los servicios de inteligencia españoles con la banda criminal. Comentarios > Ir a formulario
Me gustaría que me explicaran por qué el interlocutor con el gobierno de España, para decidir el futuro de la sociedad vasca, es el Sr Otegi y sus compinches. Parece que la soberanía popular que reconoce el Sr presidente no está fundada sobre los votos sino sobre las armas. Fecha: 23/06/2006 14:30.
Veamos. Más que colaboración con banda armada de lo que habría que hablar es del delito de traición: Desgraciadamente nuestro Código Penal, el Código Penal de la Democracia, el de 1998, tiene una interpretación muy generosa del término traición pues partiendo del principio Hegeliano de que si la teoría no se corresponde con la realidad peor para la realidad define la traición exclusivamente frente a una agresión externa como si no fuera posible una agresión interna. Pero claro si la unidad de España está sujeta a discusión política ¿porqué no la licitud del robo o la violación? La mejor forma de hacer desaparecer el delito es ignorarlo o sacarlo del Código Penal. Fecha: 24/06/2006 23:46. |
DESDE EXTRAMUROS Y EN LIBERTAD
Criterios plurales y no necesariamente unívocos, aunque coincidentes en un denominador común: el disenso. Disentimos del discurso cultural dominante y de sus cánones laicos que sustentan las relaciones de poder en el siglo XXI. Disentimos del pensamiento débil que deviene único merced a la ocultación de lo dispar. Disentimos de la inmanencia y del materialismo, hoy impuestos sobre toda idea arraigada en valores firmes y principios nobles. La nuestra es una vocación PI: políticamente incorrecta. Temas
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