BICENTENARIO ARGENTINO
Mario MENEGHINI
Exposición realizada en la Tertulia de los Caballeros de Don Bosco, Córdoba, 12-7-2008.
1. Es importante analizar el tema que nos convoca hoy, puesto que se están programando actividades para celebrar en el 2010 el Bicentenario de la Argentina; en un momento de profunda crisis en el país. Aunque, como señala Mons. Aguer: "lo propio de la Argentina es, al parecer, vivir en crisis permanente y que, en todo caso, eso ya no puede llamarse crisis sino decadencia" (1) . Agrega el Arzobispo de La Plata: "Lo que hoy pareciera más notable es un clima de irritación, de división, de descontento, de protesta, de queja, una especie de atomización social que estamos padeciendo". Estos síntomas evidencian que está debilitada la concordia, factor imprescindible para que exista una nación en plenitud, y para que se cumpla el anhelo de la Oración por la Patria: el compromiso por el bien común.
2. El doble centenario de un país, es ocasión propicia para reflexionar en profundidad sobre los problemas y la mejor manera de superarlos en el futuro, de allí que sea razonable que se hable de un Pacto del Bicentenario. Pero, en primer lugar, debemos precisar los términos, puesto que, en realidad, se trata de un aniversario equívoco, por lo que es necesario distinguir dos aspectos involucrados en esta celebración. En efecto: ¿el bicentenario alude a la nación o al Estado argentino?
3. Si se toma la expresión Nación Argentina como equivalente a Estado Argentino, es necesario decir que el mismo no quedó constituido el 25 de mayo de 1810, fecha en que se formó un gobierno propio, pero provisorio, hasta que el Rey Fernando VII - que estaba preso de Napoleón - reasumiera su corona. El Estado Argentino sólo surgiría seis años después, con la Declaración de Independencia. En efecto, al asumir sus cargos los integrantes de la Junta Provisional Gubernativa, consta en el acta de acuerdos del Cabildo: "el presidente [Saavedra], hincado de rodillas y poniendo la mano derecha sobre los Santos Evangelios, prestó juramento de desempeñar lealmente el cargo, conservar íntegra esta parte de América a nuestro Augusto Soberano Fernando VII y sus legítimos sucesores y guardar las leyes del Reino...".
4. Por otra parte, si se toma la expresión Nación Argentina en su sentido sociológico, como conjunto de personas que conviven en un mismo territorio y poseen características comunes: étnicas, lingüísticas, culturales, históricas y religiosas, y manifiestan el deseo de continuar viviendo juntas; la Argentina ya estaba consolidada antes del 25 de mayo. A partir del 29 de junio de 1550, con la fundación de la ciudad de Barco -la actual Santiago del Estero- comienza la lenta formación de nuestra nación. Consideramos que en ocasión de las invasiones inglesas, quedó en evidencia que la Argentina como nación estaba ya consolidada pues:
I ) Existía ya en el territorio del Virreynato del Río de la Plata, mayoría de criollos, algunos de los cuales, como Saavedra y Belgrano -integrantes de la Primera Junta-, desempeñaban funciones públicas de importancia.
II ) Existía, como lo afirma el sociólogo Guillermo Terrera, una cultura criolla argentina que para 1750, tenía caracteres propios y definidos.
III ) No existían en número suficiente tropas profesionales para repeler el ataque extranjero, de modo que la resistencia estuvo a cargo de las milicias criollas y de los vecinos que se sumaron voluntariamente a la lucha. Sería impensable que esto ocurriera en una sociedad cuyos integrantes se conformaran con ser una colonia. Precisamente, la decisión masiva de los criollos de combatir, revela a un pueblo con identidad propia que asume la defensa de su tierra, pese a la ausencia del Virrey, que se había replegado a Córdoba.
IV ) Si queremos fijar en una fecha la vigencia de la nacionalidad argentina, la que corresponde es la del 12 de agosto de 1806, cuando se produce la Reconquista de Buenos Aires. Con buen criterio, en Salta se ha constituido una comisión de homenaje a "La década del bicentenario argentino: 2006-2016".
5. Desde el comienzo de la vida independiente, el Estado Argentino fue el marco formal de una sola nación, por lo que ambos aspectos mencionados están estrechamente vinculados; a lo que puede agregarse que uno de los factores concurrentes en el debilitamiento de la nación, es la desaparición del Estado.
6. El Dr. Marcelo Sánchez Sorondo ha estudiado el tema (2), y conviene conocer su argumentación. Sostiene este autor, que todo Estado incluye un gobierno, pero no todo gobierno implica que existe un Estado. El Estado es una entidad jurídico-política, que surge recién en una etapa de la civilización, como complejo de organismos, al servicio del bien común. Supone una delimitación explícita del poder discrecional; si un gobernante puede afirmar "el Estado soy yo", queda demostrada la inexistencia de un Estado. Pues la hipertrofia del poder personal, sin frenos, es un síntoma de la ausencia de un Estado.
En toda institución -y el Estado es la de mayor envergadura en un territorio determinado-, el dirigente se subordina a la finalidad perseguida y a las normas establecidas. "No hay Estado si el contexto político y el orden jurídico que lo encuadran son una ficción y por momentos una superchería. Cuando el poder no se emplaza en la órbita de las instituciones sino que se adscribe a una tipología grupal o meramente personal, entonces no se alcanza ese nivel de civilización política que implica la existencia en plenitud, la plenipotencia del Estado" (3). El gobierno no encuadrado en un Estado, es errático y caprichoso; sirve únicamente para el enriquecimiento e influencia individual de los gobernantes, que no pueden lograr el funcionamiento eficaz de la estructura gubernamental. De allí la paradoja de culpar al Estado de todos los problemas, cuando el origen de los problemas es la ausencia del Estado.
7. En síntesis, la Argentina no tiene Estado, sólo gobiernos. Pero, para intentar demostrar esta tesis, es necesario profundizar en las notas características que distinguen a un Estado contemporáneo, más allá de las formalidades constitucionales y del tipo de gobierno establecido. Para ello, utilizaremos el esquema del Profesor de Mahieu (4) quien define al Estado como el órgano de síntesis, previsión y mando, de una sociedad territorialmente delimitada, que procura el bien común. Es decir, que sólo puede calificarse de Estado, aquel que cumple las tres funciones básicas señaladas.
A. La función de síntesis. La unidad social es el resultado de la interacción de las diversas fuerzas sociales constitutivas, síntesis en constante elaboración por los cambios que se producen en los grupos y en el entorno. La superación de los antagonismos internos no surge espontáneamente; es el resultado de un esfuerzo consciente por afianzar la solidaridad sinérgica a cargo del Estado. A semejanza del director de orquesta, es el Estado el que logra crear "una melodía social unitaria y armoniosa" (5). El poder estatal tendrá legitimidad en la medida en que cumpla dicha función, garantizando la concordia política.
B. La función de planeamiento. El Estado centraliza la información que le llega de los grupos sociales; recopila sus problemas, necesidades y demandas. Los datos son procesados y extrapolados en función de los fines comunes, fijados en la Constitución Nacional y en otros documentos, que señalan los objetivos políticos y los valores que identifican a un pueblo. Con mayor o menor intensidad, según el modelo gubernamental elegido, es en el marco del Estado donde debe realizarse el planeamiento global que establezca las metas y las prioridades en el proceso de desarrollo integral de la sociedad, en procura del Bien Común. Por cierto que, en una concepción jusnaturalista, el planeamiento estatal sólo será vinculante para el propio Estado, y meramente indicativo para el sector privado. La autoridad pública no debe realizar ni decidir por sí misma "lo que puedan hacer y procurar las comunidades menores e inferiores", en palabras de Pío XI. Pero, debido a la complejidad de los problemas modernos, el principio de subsidiariedad resulta insuficiente para resolverlos sin la orientación del Estado, que mediante el planeamiento se dedique a "animar, estimular, coordinar, suplir e integrar la acción de los individuos y de los cuerpos intermedios" (6).
C. La función de conducción. La esencia de la misión del Estado es el ejercicio de la autoridad pública. La facultad de tomar decisiones definitivas e inapelables, está sustentada en el monopolio del uso de la fuerza, y se condensa en el concepto de soberanía. El gobernante posee una potestad suprema, en su orden, pero no indeterminada ni absoluta. El poder se justifica en razón del fin para el que está establecido y se define por este fin: el Bien Común temporal.
8. Si un Estado no posee, en acto, estas tres funciones, ha dejado de existir como tal o ha efectuado una transferencia de poder en beneficio de organismos supraestatales, o de actores privados, o de otro Estado. Ésta es, precisamente, la situación argentina, pudiendo citarse la opinión de tres intelectuales prestigiosos:
* Dr. Jorge Vanossi (siendo Ministro de Justicia): "La Argentina es un Estado debilucho, que está al borde de la anomia..."(La Nación, 17/3/02).
* Dr. Manuel Mora y Araujo: "...el Estado argentino no funciona. No cumple su papel, no brinda a la sociedad los servicios que se esperan de él..."(La Nación, 20/3/02).
* Dr. Natalio Botana: "...podemos llegar a una conclusión provisoria muy preocupante: que tenemos una democracia en un país sin Estado y sin moneda." (Clarín, 28/4/02).
La Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, al analizar el reciente conflicto con el campo (26-6-08), cuestiona en su dictámen el "grave deterioro del sistema institucional que diluye la firmeza propia de un auténtico Estado de Derecho".
Como hipótesis, nos animamos a decir que el Estado argentino dejó de funcionar como tal a partir de junio de 1970, pues, aplicando el esquema teórico expuesto, podemos advertir que desde la fecha indicada resultaron afectadas las tres funciones básicas.
9. En conclusión, si es correcto el análisis, la prioridad absoluta consiste en restaurar el Estado, y procurar que actúe eficazmente al servicio del bien común. Ello no ocurrirá como consecuencia necesaria de elaborar un buen diagnóstico. Por eso, decía Don Ricardo Curutchet: "No basta con denunciar que se pierde la Argentina, es necesario actuar para contribuir a salvarla". Es insensato confiar en que, precisamente en el momento más difícil de la historia nacional, podrá producirse espontáneamente un cambio positivo. Sólo podrá lograrse si un número suficiente de argentinos con vocación patriótica, se decide a actuar en la vida pública buscando la manera efectiva de influir en ella. Un dirigente político no puede limitarse a exponer los principios de un orden social abstracto. La doctrina tiene que estar encarnada en hombres que cuenten con el apoyo de muchos, formando una corriente de opinión favorable a la aplicación de la doctrina. Debe encararse con seriedad la preparación de un Proyecto Nacional y la constitución de equipos aptos para aplicarlo.
10. Desde hace cuarenta años se menciona frecuentemente el tema del proyecto nacional, aludido como un elemento imprescindible para superar la crisis argentina, y se alega que la carencia del mismo es uno de los factores de dicha crisis. Sin embargo, son escasas las propuestas realizadas en orden a la elaboración de un proyecto concreto.
La expresión proyecto nacional ha sido definida como: "un esquema concreto y coherente de objetivos, instrumentos y distribución de responsabilidades, conocido, aprehendido, consentido y aceptado por la colectividad o por su mayoría efectiva y políticamente significativa y perdurable, las cuales se sienten entonces identificadas con él" (7).
11. Si analizamos los antecedentes argentinos, comprobamos que existen notables coincidencias en todos los documentos existentes; en especial, en los dos que fueron impulsados desde el Estado. En efecto, tanto el generado por el Ministerio de Planeamiento (1977), como el que fuera leído por el Presidente ante la Asamblea Legislativa, tres años antes, parten de una cosmovisión similar. Aluden a una cultura "cuyos valores fundamentales reconocen como fuente el acervo religioso y moral del Cristianismo, el saber filosófico de la Grecia clásica y la tradición político-jurídica de la antigua Roma" (8).
Los Principios básicos, sostienen que (9):
-El hombre es una persona, creada por Dios, dotada de cuerpo y alma, y poseedora de un destino trascendente.
-El hombre no se basta a sí mismo, sino que necesita de la sociedad. Esta es una pluralidad de personas unidas moralmente de manera estable, para la consecución del bien común. La sociedad humana es una sociedad de sociedades.
-La primera de esas sociedades naturales es la familia. Su constitución y su desarrollo responden -como los derechos humanos- a leyes naturales anteriores a toda organización social.
-Más allá de la familia, las necesidades, intereses y aspiraciones de tipo económico, social, cultural o religioso, impulsan al hombre a agruparse en sociedades intermedias, con el fin de defender y promover bienes comunes particulares.
-La historia y la geografía crean, sobre la base de las familias asentadas en un territorio, una comunidad étnica y ética, la nación, fundada en la lengua, la historia, la cultura, las costumbres y las aspiraciones comunes. Es una comunidad de destino en lo universal.
-Sin confundirse con la nación, la sociedad, territorialmente delimitada, crea un órgano especializado en el mando, que es el Estado, destinado a regir dicha sociedad.
12. Sobre la base de: a) la distinción previa de los conceptos de nación y Estado, b) la necesidad de restaurar el Estado, y c) la elaboración de un Proyecto Nacional que contenga los principios citados, podrá celebrarse dignamente el Bicentenario Argentino, logrando superarse la decadencia actual y lograr una Patria apasionada por la Verdad y comprometida con el Bien Común.
(1) Aguer, Héctor. "Sabiduría para un diálogo en la verdad que cierre heridas"; alocución televisiva, 5-7-08.
(2) Sánchez Sorondo, Marcelo: "La Argentina no tiene Estado, sólo Gobiernos", Revista Militar Nº 728, 1993, p. 13-17
(3) Sánchez Sorondo, Marcelo: op. cit., p. 14
(4) de Mahieu, José María: "El Estado Comunitario", Bs., As., Arayú, 1962
(5) de Mahieu: op. cit., p. 92
(6) Pablo VI: Enc. "Populorum Progressio", 1967, § 33.
(7) Monti, Ángel. "Proyecto nacional" (1972), p. 12.
(8) "Proyecto Nacional" (1977), p. 7. "Modelo Argentino" (1974), p. 135/136.
(9) "Proyecto Nacional" (1977), p. 9/10. "Modelo Argentino" (1974), p. 72/92.
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