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LA MASA ORTEGUIANA EN LA LEGITIMACIÓN DE LA DEMOCRACIA LIBERAL COMO DERECHO, VERDAD Y RELIGIÓN.

LA MASA ORTEGUIANA EN LA LEGITIMACIÓN DE LA DEMOCRACIA LIBERAL COMO DERECHO, VERDAD Y RELIGIÓN.

José Martín BROCOS

 

   1. La decrepitud de la época presente consecuencia de la deificación tiránica de la democracia liberal.

 

   La democracia partitocrática y liberal en esencia se encuentra viciada en los planos ético, cultural, político y jurídico. Escribe Tomás de Aquino: "Si finalmente, el régimen injusto es ejercido por muchos, se llama democracia, es decir, principado del pueblo, esto es, cuando la masa plebeya oprime (...) por la fuerza numérica de la multitud (...) viene a ser un tirano" (Tomás de Aquino. De Regimine Principum, lect. 2, n. 8. Trad. de Victorino Rodríguez sobre el texto latino de la edición de Raimundo M. Spiazzi, O.P., en Opuscula philosophica Divi Toomae Aquinatis, Ed. Marietti, Taurini-Romae 1954).

   Glosa Victorino Rodríguez que el sentido peyorativo de esta democracia en que una masa de los ciudadanos se impone a una minoría más calificada oprimiéndola es mantenido también en los comentarios que Tomás de Aquino realiza a los libros de la Ética y de la Política de Aristóteles (Rodríguez 1978:32.34).

 

   La democracia liberal es la idolatría de la masa, el culto al pueblo, vox populi, vox Dei, en la creencia de Rousseau cuando proclama en "Du Contrat Social" que "la voluntad general es siempre recta" y debe aceptarse como tal aserto. Estamos ante la "demolatría", la dictadura partitocrática camuflada de democracia liberal o de democracia popular proletaria que marcha vertiginosamente hacia la profunda sima de la  subversión total.

   Subversión ética por el relativismo según el cual no hay verdades morales objetivas. Carente de este arraigo ontológico el hombre y la sociedad "quedan expuestos a la  violencia de las pasiones y condicionamientos abiertos u ocultos" (Zenit, 2004, Octubre 19), creándose así un hombre amorfo, carente de voluntad, incapaz de dominar sus instintos; un mundo juvenil desamparado y desorientado.

   Subversión cultural al desligar la cultura de la vida y de la "fidelidad viva a la herencia de las tradiciones" (Gutiérrez García, 2001:221). La nueva cultura deshumanizada, evanescente, estandarizada y desarraigada de la verdad, degenera en instrumento de decadencia moral del ambiente. Nada de idea de trascendencia del ser humano, de presencia de la interioridad, y la inteligencia sólo tiene un uso: producir y obtener bienes materiales -para que el animal goce lo más que pueda de sus instintos-. La consumación de la democracia liberal conduce al multiculturalismo axiológico que deriva en la entronización social del relativismo y acaba en el nihilismo ontológico[1].

   Subversión política al no inspirarse el Estado en valores eternos acaba siendo beligerante con la Justicia y la Verdad. No hay creencia en valores superiores a la opinión y a la voluntad de los pueblos, de ahí que el relativismo es totalitario al pretender vivir en un régimen de monopolio ideológico que sirve para dilucidar la verdad, intentando trastocar el orden de la naturaleza, que no puede ser alterado ni modificado aunque lo acuerde una mayoría. En este sentido los derechos del Estado han de estar enmarcados en los derechos de Dios. Cuando esto no es así estamos frente a un absolutismo fundamentalista.

   Subversión jurídica ya que el positivismo jurídico constitucional, creado por el positivismo filosófico del siglo XIX, erige al hombre como centro de gravedad del universo fundando los "`derechos humanos´ (...) en sí mismos" (Wagner de Reyna, 2004:82, enero-febrero), y al no considerar el derecho divino positivo, así denominado en la Edad Media (D`Ors, 1982:35) y concretado en la única norma suprema moral objetiva capaz de elevar al hombre, la moral católica, ni el derecho natural como armonía entre la causa primera y las causas segundas (Vallet de Goytisolo, 1997:40), da la posibilidad a que la sociedad se infecte de hedonismo (D`Ors, 1982:127), utilitarismo, sentimentalismo o racionalismo.

 

   Un régimen liberal nunca lleva aparejada la libertad, pues la libertad sin su referencia a la verdad, se autodestruye. El propio Rousseau (libro III, capítulo IV) llegó a reconocer en Du Contrat Social: "Si tomamos el término en el rigor de su acepción, jamás ha existido verdadera democracia, ni existirá jamás. Es contra el orden natural que la mayoría gobierne y que la minoría sea gobernada". Y continuaba escribiendo, mostrando Rousseau su fe (libro II, capítulo VI): "Por sí mismo, el pueblo quiere siempre el bien, pero por sí mismo no siempre lo ve. La voluntad general es siempre recta, pero el juicio que la guía no siempre está iluminado".

 

   En la práctica las democracias liberales son una verdadera oligarquía partitocrática, "escuela de todo tipo de corrupciones (...), corrupción económica, pero también de la moral personal e ideológica" (Malpica, 2005, Junio)[2], con un poder desmedido, totalitario y absoluto, que ha tomado el poder del Estado y que ejerce sin escrúpulos ni tapujos la capacidad demagógica y de manipulación, y con una ideología anticristiana que socava los valores morales[3], lo relativiza todo, erosiona el núcleo fundamental de la sociedad, que es la familia, el sentido del orden, de la disciplina y de la sobriedad a través de una creciente relajación de costumbres, de una permisividad sin límites, y de un sistema educativo siempre tendente a la estatalización, como uno de los métodos preferidos por los totalitarismos para el control de la sociedad y para la creación de sus futuras masas. Son los tiempos en que la mentira se hace verdad, lo grosero normal, el error se adueña de los espíritus y la patria se hunde en un permanente malestar; son los tiempos de la decrepitud social, de la modorra colectiva, del pacifismo feminoide y de los homínidos manfloritas. De forma que en estos momentos, se está violando el orden natural, negando al hombre la posibilidad de buscar y encontrar el bien, la verdad, la belleza, pues éstas ya no existen. Todo queda en un juego de subjetivismos impuesto por aquel que tiene el poder. Asistimos a la ruptura del pensamiento secular, donde, hasta hace poco, no se negaba la presencia de los trascendentales; hoy se niegan. Vemos también la tendencia absolutista del poder; el Estado quiere controlar e imponer el orden espiritual y moral (Legorburu, 2005, Julio-Agosto, 4-5, Discurso de Alfonso Coronel de Palma, Presidente Nacional de la ACdP).

 

   1.1. La subversión del derecho.

 

   Desde el racionalismo el derecho informa la moral[4]. Las leyes se forman de la moral de la sociedad, una moral desde la razón sin fe; ergo el Derecho también crea la moral, o una forma de moral subjetiva, puesto que la masa considera comúnmente que lo que afirma el Derecho es moralmente lícito. De forma que "la concepción positivista del derecho, junto con el relativismo ético, no sólo quitan a la convivencia civil un seguro punto de referencia, sino que envilecen la dignidad de la persona y amenazan las mismas estructuras de la democracia" (Juan Pablo II, 1996:7,2). Nos encontramos frente a un redivivo "totalitarismo, revestido de piel de democracia" (Orlandis, 2005:378, mayo-junio-julio).

   El positivismo jurídico "equivale a un tremendo non serviam frente al lado jurídico de nuestra naturaleza y al responsable último de ella" (Millán Puelles, 2003:14, julio) al rechazar una moral objetiva presente en la ley, de forma que nada impide al gobernante legislar lo que le de la gana. Decide sólo el quórum de los votantes en el referéndum y todo está sujeto al vaivén de las mayorías. Así el sufragio universal en la democracia liberal se convierte en un método para legitimar las veleidades y contradicciones sin límites de las masas que condicionan todo lo divino y lo humano a la voluntad de la mitad más uno. Si ya no es la justicia según la naturaleza y la razón la que genera las leyes, sino "el pueblo soberano, en un sentido puramente numérico, necesariamente la democracia degenera en demagogia, o sea en desenfreno antipolítico y finalmente en anarquía" (Ottonello, 2004:799, noviembre-diciembre). La democracia real se transmuta en despotismo totalitario del vulgo. De esta manera la ley (...)  ya no ordena el bien común, sino que el poder impone sus intereses, haciendo de lo legal, lo moral. Asimismo, los aparatos burocráticos crecen, y lo político responde sólo al uso y conservación del poder y no al servicio y dirección de la comunidad en orden al bien de la misma (Legorburu, 2005, Julio-Agosto, 5, Discurso de Alfonso Coronel de Palma, Presidente Nacional de la ACdP).

 

   Constatamos el establecimiento de nuevos derechos humanos ideológicos por consenso[5], derechos ficticios que son un privilegio y que nacen de la pura arbitrariedad sin fundamento en la naturaleza[6], a la par de una vorágine legislativa del Parlamento, una inflación de derechos en que el Estado legisla en todo fundamentalmente en virtud de tres fines en su origen nobilísimos: salud, seguridad y progreso, y que en la práctica supone un recorte acelerado de las libertades públicas y una estatalización de la vida social violando el justo principio de subsidiaridad.

   Los parlamentos ligados a caprichosos imperativos partidistas y a una sofística soberanía popular amparada por el consenso o por la aceptación de mayorías y convertida en un valor absoluto aprueban leyes bajo apariencia de juego democrático formal, pero no porque constituyan un bien al hombre, supongan beneficios para la sociedad, y esté acorde con el Bien común (S.Th. I-II, q. 90, a.4) inmanente y trascendente (Rodríguez, 1978:131.133). Este planteamiento perverso del positivismo jurídico, reductor en su concepción del hombre y de la sociedad, es la fuente del absolutismo democrático al negar los derechos de Dios, y por ende los del hombre. El hombre previamente manipulado es "cosificado" como un número de una masa que se computa para establecer una legalidad civil.

 

   El "Nuevo derecho" de origen calvinista pasa a convertirse en un sistema de control social, de propaganda ideológica y de envilecimiento moral, al responder la ley a la imaginación judicial y a criterios subjetivos, relativizando la justicia. Los principios liberales y democráticos que subyacen y sustentan a este "Nuevo derecho" se tienen como verdad apodíctica, como "un dogma laico de la nueva religión" (Ordóñez Maldonado, 2005:53, enero-febrero), de forma que estamos abocados a la desconstrucción de la naturaleza humana y a la demolición de "lo que de permanente había en el ser humano y reconducirlo al terreno donde no hay nada que responder porque ya nada se pregunta" (Martínez-Sicluna y Sepúlveda, 2003:632).

 

   La verdadera democracia debe tener garantías para que los deberes y derechos fundamentales del hombre, derivados de la misma ley natural entendida como "la participación de la criatura racional en la ley eterna" (S. Th. I-II, q.91, a.2), sin derivación al permisivismo, se respeten y potencien como necesarios en el proceso de personalización de cada uno de los miembros de la sociedad. Desde este prisma la verdadera y sana democracia, iusnaturalista y participativa, debe preservar ante todo la dignidad trascendente de la persona humana, rechazando la interpretación subjetiva individual o colectiva de los derechos del hombre para una correcta orientación al bien común general. Sólo así la democracia es un bien precioso y necesario para la sociedad (Juan Pablo, 1995:101,4,5), al referirse los derechos del hombre a lo que el hombre es por naturaleza y en virtud de su dignidad, y no a las expresiones de opciones subjetivas propias de los que gozan del poder de participar en la vida social o de los que obtienen el consenso de la mayoría (Juan Pablo, 2002:6,2).

 

   1.2. La subversión de la fe católica y de la educación al negar la existencia legal de una  verdad objetiva.

 

   ¿Entendemos la declaración Dignitatis Humanae sobre libertad religiosa del Concilio Vaticano II como hipótesis o como tesis? Si desterramos a Dios de la vida pública y no asumimos jurídicamente la existencia de una Ley Natural perenne, permanente, inmutable y con carácter de obligatoriedad moral universal, todo es posible. De igual modo, si presentamos y concedemos como tesis lo que siempre ha sido una hipótesis, ergo la  equiparación legal al error con la Verdad en el más alto nivel que es el religioso, todos los demás errores, siempre y en todo tiempo menores aunque sean más llamativos, quedan legitimados y también tendrán, a fortiori, sus derechos equiparados a la Verdad.

 

   El problema de la dualidad hipótesis-tesis surge al final de las luchas político-religiosas del siglo XIX y lo encontramos relacionado con la progresiva instalación doctrinal del liberalismo dentro de la Santa Sede y la asunción de la teoría del mal menor al alimón con la libertad religiosa[7]. Si presentamos la libertad religiosa como hipótesis coyuntural de carácter fáctico entonces no me obliga; por el contrario si elevamos la misma libertad religiosa a rango de tesis, si me obligaría, pero e aquí la paradoja que el propio Concilio es de hipótesis, no de tesis.

   El liberalismo socio-político instalado en la hipótesis convertida en tesis y trasmutada en dogma-axioma civil indiscutido sólo admite objetivamente la existencia de Dios como opinión personal siempre que no trascienda del ámbito privado, pero le niega los derechos del reinado social invocando una supuesta tolerancia, que en la práctica es una hipocresía fruto de un sistema tiránico. En el fondo subyace el inmanentismo antropocéntrico que pretende sustituir la representación popular por la soberanía popular, término falaz puesto que soberanía viene de Dios por parte de la autoridad.

   En la enseñanza de conocimientos y educación de las personas en un régimen liberal nos encontramos con el error larvado de privar de fundamento metafísico toda ciencia fragmentando de esta forma la identidad personal "al rebajar y limitar el bien al que ordena la libertad humana" (García López, 1990:33) y cercenando de este modo la posibilidad de educación integral del educando y su pleno desarrollo con el correcto ejercicio de la responsabilidad. Sin ejercicio de la responsabilidad personal no podemos hablar de libertad en la sociedad. Si se controla la escuela, los contenidos impartidos, se influye sobre las conciencias, y los individuos acabarán pensando y actuando como el poder pretende.

 

   1.3. La democracia liberal como nueva religión cívica.

 

   La democracia liberal inorgánica es el nuevo dogma laico y de vigencia universal axiomáticamente indiscutible. Una serie de principios de calado epistemológico forjan la ortodoxia y conformidad democrática. Así del sufragio universal, en definitiva de la opinión maleable de una mayoría, nacen decisiones trascendentales como el gobierno de pueblo, los valores morales imperantes, nunca permanentes, o la educación de los hombres.

 

La democracia se presenta apriorísticamente como la más alta e inapelable referencia, el único sistema legítimo monopolizando lo "políticamente correcto". La Voluntad General, negada toda trascendencia e instancia inmutable, se alza como la única fuente de ley y poder; de ahí el radical inmanentismo antropocéntrico de este sistema político, que niega el derecho intrínseco de precedencia de la religión verdadera incluso en países de Cristiandad considerándolo como opinión o asunto privado. La democracia liberal sobre los derechos de la Verdad y la civilización, a los que aplica el derecho común, de suerte que nos preguntamos con el filósofo rumano Stan M. Popescu, afincado en estas bellas tierras de Córboba, Argentina, si la democracia es "el Gobierno de todo lo peor, y todo lo peor hecho gobierno".

 

El ideal de igualdad de los ciudadanos y de legalidad popular, reduce la legitimidad en la democracia al ámbito moral y privado (D`Ors, 1982:126-127), afectándose incluso en la misma familia que no diferencia entre mujer e hijos legítimos e ilegítimos (D`Ors, 1982:126), y que tiende "por el empeño de la democracia en eliminar entre los individuos las diferencias por razón de sexo, necesarias en un orden fundado en la familia, en despenalizar el adulterio y disolver la misma institución familiar" (D`Ors, 1982:127).

 

Postular una sociedad sin fe y sin principios inmutables, sin derechos fundamentales del hombre fundados metafísicamente ni normas estables, carente de una base moral intangible, de puntos claros y sólidos de referencia, y al arbitrio de una opinión pública, caprichosa y voluble, teledirigida como masa dócil autómata en función de la dictadura de la mitad más uno, no puede conducir más que a la crisis y ruina de la civilización occidental (D`Ors, 1982:133), en donde se difumina y corrompe los propios contornos de la naturaleza humana entrando en una progresiva decadencia social y liquidación moral, endémica y degenerativa, y cuyo fin es la autodestrucción por consunción interna.

 

   2. Planteamiento de soluciones. Nuestra hora y nuestro tiempo: la hora y el tiempo de las élites seleccionadas por su perfección moral.

 

   ¿Es legítimo un sistema político qué destruye la Fe, la Patria y la Familia? La respuesta es no. Y sin legimitidad no hay legalidad (D`Ors, 1998).

 

   El mundo lo gobiernan las minorías. Siempre ha sido, desde Aristóteles hasta Rousseau y Duverger, y será así. Las masas "no deben ni pueden dirigir su propia existencia, y menos regentar la sociedad" (Ortega y Gasset, 2005:73). Hoy día estamos frente a un gobierno demagógico de una minoría-masa, que no del pueblo, que  actúa alejada de la excelencia. Masa "es el hombre medio (...) lo mostrenco social, es el hombre en cuanto no se diferencia de otros hombres, sino que repite en sí un tipo genérico" (Ortega y Gasset, 2005:76). Las masas "no se exigen nada especial, sino que para ellas vivir es ser cada instante lo que ya son, sin esfuerzo de perfección sobre sí mismas, boyas que van a la deriva" (Ortega y Gasset, 2005:77).

   La sociedad "es siempre una unidad dinámica de dos factores: minorías y masas. Las minorías son individuos o grupos de individuos especialmente cualificados" (Ortega y Gasset, 2005:76). Durante siglos la minoría gobernante fue una minoría selecta[8], sabia y organizada, una aristocracia de los mejores[9] con la finura moral de un gobernante ejemplar, consecuente con la Tradición y con la trascendencia de la vida humana la que hizo progresar la Humanidad, y que respondía a ideales nobles. Hoy, por el contrario, gobiernan el mundo, otra minoría, pero masificada,  que responde sólo a intereses y a egoísmos, y cuyos rasgos, como los del "hombre-masa actual se asimilan a "la conocida psicología del niño mimado" (Ortega y Gasset, 2005:114).

   La masa numéricamente siempre constituirá una mayoría. Sólo una minoría de personas tiende al heroísmo y a la santidad de vida, con una continua preocupación por los bienes espirituales templando el alma en la lucha interior por medio de las virtudes cristianas. De esta condición, en el mundo actual tan naturalista y tan selvático (...) son escasos los que impetran la gracia divina, y por el contrario, son legión [la masa] los que tienen como único anhelo conseguir la felicidad en esta vida, cosa que esperan alcanzar mediante las reformas de las estructuras sociales y económicas (Vegas Latapie, 1969:132).

   Estamos gobernados por una minoría-hombre-masa, que "arrolla todo lo diferente, egregio, individual, calificado y selecto" (Ortega y Gasset, 2005:80) y que se cree "que él es el Estado, y tenderá cada vez más a hacerlo funcionar con cualquier pretexto, a aplastar con él toda minoría creadora que lo perturbe" (Ortega y Gasset, 2005:168-169), no por minorías rectoras seleccionadas por su perfección moral, con vocación de servicio tendente a buscar el bien común.

   Las  masas "se han hecho indóciles frente a las minorías; no las obedecen, no las siguen, no las respetan, sino que, por el contrario, las dan de lado y las suplantan" (Ortega y Gasset, 2005:83). Como la masa va ser siempre mayoría y la masa gobierna teórica y prácticamente en la democracia liberal, por el bien común general, en orden al último fin y a los fines intermedios, es nuestro deber en la sociedad, como minoría selecta purificada, elevada y dignificada por la Gracia, como élite moral e intelectual de la sociedad en la búsqueda heroica de la santidad y en el cultivo de la sabiduría, alcanzar por todos los medios posibles el gobierno político usurpado y detentado por la masa.

 

   Con razón, el gobierno mejor es el gobierno por los mejores, de los justos; de ahí que debamos considerar que ha llegado nuestro tiempo y nuestra hora, "la hora de los selectos, (...) de los selectos en su integridad, su conocimiento, su espiritualidad y su sacrificio, de los selectos en la vocación en la Iglesia de Cristo" (Legorburu, 2005, Julio-Agosto, 6, Discurso de Alfonso Coronel de Palma, Presidente Nacional de la ACdP), y sostener el sano pluralismo obligatorio en las cosas opinables y excluyentes en las malas según los principios inmutables de la moral cristiana; ergo, la necesidad de salvaguardar unas pocas cuestiones, entre ellas las relacionadas con la Religión y la defensa del derecho natural, de decisiones y votaciones, ofreciendo la máxima libertad para cuestiones accidentales y secundarias.

 

 

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS (APA).

 

Libros

 

Aquino, Tomás de (2001). Summa Theológica (3ª ed., reimp.). Madrid: BAC.

 

D`Ors, Alvaro (1982). Una introducción al estudio del Derecho (5ª ed.). Madrid: Rialp.

 

D`Ors, Alvaro (1998). La violencia y el orden. Madrid: Criterio.

 

Fernández de la Mora, Gonzalo (1986). El crepúsculo de las ideologías. Madrid: Espasa-Calpe, Col. Austral.

 

García López, Jesús (1990). Individuo, Familia y Sociedad. Los derechos humanos en Tomás de Aquino (2ª ed.). Barañain-Pamplona: EUNSA.

 

Gutiérrez García, José Luis (2001). Introducción a la Doctrina Social de la Iglesia. Barcelona: Ariel.

 

Ortega y Gasset, José (2005). La Rebelión de las masas. Madrid: Espasa-Calpe, Col. Austral.

 

Rodríguez, P. Victorino (1978). El Régimen Político de Sto. Tomás de Aquino. Madrid: F.N. Editorial, S.A.

 

Rousseau, Jean-Jacques (1973). El contrato social. Traducido del francés por Consuelo Berges; introducción de Antonio Rodríguez Huescar. Madrid: Aguilar.

 

Vaissière, Jean Marie (1966). Fundamentos para la política. Madrid: Speiro.

 

Vallet de Goytisolo, Juan (1997). Qué es el derecho natural. Madrid: Speiro.

 

Capítulos de libros

 

Rodríguez Luño, Ángel (2004). Leyes imperfectas e inicuas. En Consejo Pontificio para la Familia (Comp.), Lexicón. Términos ambiguos y discutidos sobre familia, vida y cuestiones éticas (pp. 669-673). Madrid: Palabra.

 

Vegas Latapie, Eugenio (1969). El mito del igualitarismo. En J.A García de Gortázar y Sagarmínaga, F. Canals Vidal, J.Mª. Petit Sullá, Vladimiro Lamsdorff-Galagane, F. Puy Muñoz, J.Mª. Coronas Alonso et al. Los Mitos Actuales. Actas de la VII Reunión de Amigos de la Ciudad Católica, celebrada en Barcelona en el Instituto Filosófico La Balmesiana, los días 1, 2 y 3 de noviembre de 1968 (pp. 129-154). Madrid: Speiro.

 

Artículos de revista o publicación periódica

 

Legorburu, J.M. (2005, Julio-Agosto). "A pesar de las dificultades, vivimos un momento maravilloso para la ACdP". Los socios, venidos de toda España, acudieron a la XCIII Asamblea General [Discurso del Presidente, Alfonso Coronel de Palma y diversas ponencias analizando la situación actual]. ACdP. Boletín informativo de la Asociación católica de propagandistas, p. 3-9.

 

Malpica, J.J. (2005, Junio). Luis Sánchez de Movellán: "Los partidos políticos han sido escuela de toda clase de corrupciones". [Círculo de Estudios de Crítica Política]. ACdP. Boletín informativo de la Asociación católica de propagandistas, p. 22.

 

Martínez-Sicluna y Sepúlveda, Consuelo (2003). El derecho natural a la luz de la fe. Verbo, 417-418, 627-637.

 

Massini-Correas, Carlos I. (2003). Del positivismo jurídico al valor ético del derecho. Nuntium. Edición en español, Julio, 9, 26-31.

 

Millán Puelles, Antonio (2003). Positivismo jurídico y dignidad humana. Nuntium. Edición en español, Julio, 9, 12-17.

 

Ordóñez Maldonado, Alejandro (2005). El nuevo derecho, el nuevo orden mundial y la revolución cultural. Verbo, 431-432, 33-73.

 

Orlandis, José  (2005). Ley injusta y conciencia cristiana. Verbo, 435-436, 371-378.

 

Ottonello, Pier Paolo (2004). Los derechos fundamentales del hombre. Verbo, 429-430, 793-809.

 

Wagner de Reyna, Alberto (2004). El hombre del siglo XXI. Verbo, 421-422, 81-84.

 

Artículos de periódico

 

Zenit (2004, Noviembre 19). El relativismo, amenaza de la democracia. Según Juan Pablo II. El Rotativo, p. 37. Zenit (2004, Octubre 19). El relativismo, amenaza actual de la democracia; según Juan Pablo II. La verdad, sin embargo, es el antídoto contra el fanatismo, afirma. Zenit [Base de datos en línea]. Extraído el 12 octubre, 2005 de Zenit, Agencia Internacional Católica de Noticias. Disponible: <http://www.zenit.org/spanish/archivo/0010/ZS001011.htm#847>

 

Medios electrónicos en Internet

 

Transparency International (2004). Barómetro Global de Corrupción de Transparency International 2004. [En línea] Extraído el 7 noviembre, 2005 del sitio oficial de Transparency Internacional:

<http://www.globalcorruptionreport.org/download_es.html>

<http://www.transparency.org/surveys/barometer/barometer2004_faq_esp.html>

 

Juan Pablo II (1995). Evangelium vitae. Encíclica. 25.03.1995 [En línea] Extraído el 8 octubre, 2005 del sitio oficial de la Santa Sede:

<http://www.vatican.va/holy_father/john_paul_ii/encyclicals/documents/hf_jp-ii_enc_25031995_evangelium-vitae_sp.html>

 

Juan Pablo II (1996) Llamamiento a los científicos para que detengan la producción de embriones humanos. Discurso a los participantes en dos congresos internacionales sobre el derecho y la familia. 24.5.1996 [En línea] Extraído el 8 noviembre, 2005 de Notivida, Boletín de Noticias que se relacionan con la promoción y defensa de la vida humana y la familia:

<http://www.notivida.com.ar/documentos/JPII/mensajesydiscursos/Mensajesydiscursos%20JP%20II%2019960524.html>

 

Juan Pablo II (2002). Discurso del Santo Padre Juan Pablo II a la Asamblea General de la Academia Pontificia para la Vida. Discurso 27.02.2002 [En línea] Extraído el 17 octubre, 2005 del sitio oficial de la Santa Sede:

<http://www.vatican.va/holy_father/john_paul_ii/speeches/2002/february/documents/hf_jp-ii_spe_20020227_pont-acad-life_sp.html>


 


[1] Consúltese nuestro estudio Brocos Fernández, J.M. (2005 Noviembre). El Multiculturalismo como imposición ideológica y su entronque con el nihilismo ontológico. Arbil, 98, Artículo 2 [Online]. Disponible en <http://www.arbil.org/arbi-d98.htm>%20ISSN%201697-1388.

[2] Según TI los partidos políticos son las instituciones más corruptas del mundo. El informe publicado el 9 de diciembre de 2004, muestra que tras los partidos políticos, las instituciones más corruptas mundo son los parlamentos, la policía, el poder judicial y los medios de comunicación (Transparency Internacional, 2004).

[3] Escribe al respecto Fernández de la Mora (1986:61) que "las normas implícitas en cualquier ideología (...) aspiran a ser los fermentos del Derecho constitucional, y de la moral social".

[4] Por el contrario "toda ley humana tiene razón de ley en tanto en cuanto se deriva de la ley natural. Si en algo se separa de la ley natural no será ley, sino corrupción de ley" (S. Th. I-II, q.95, a.2).

[5] El consenso no puede servir para fundar la legitimidad política de la democracia al basarse meramente en un acuerdo de partes, que ha sido históricamente falsada. V.gr. el régimen nazi o las legislaciones de exterminio masivo del nasciturus en las sedicentes democracias. Escribe al respecto Jesús García que la convicción de que las leyes que regulan en positivo o negativo "el ejercicio de las libertades de todos los ciudadanos se han de establecer por consenso mayoritario de estos, sin que haya que respetar ningunas normas previas, objetivas, universalmente válidas (...) es la concepción del puro liberalismo" (García López, 1990:31). Por otro lado, "el consenso, el acuerdo, el procedimiento comúnmente aceptado o una ficción constructivista, como son todas las afirmaciones relativas, no pueden justificar por sí mismas proposiciones deontológicas incuestionables o absolutas" (Massini-Correas, 2003:30, julio).

[6] Estas leyes injustas (Consejo Pontificio para la Familia, 2004:669-670) según la concepción clásica no son leyes. Escribe San Agustín: "Non videtur esse lex quae iusta non fuerit" (De libero arbitrio, 5). Santo Tomás aseverará "Lex esse non videtur quae justa non fuerit" (S.Th. IIa-IIae, q. 96, a.4).

[7] Lamennais, Dom Sturzo y Maritain como los abanderados de un Estado aconfesional que deja libertad para parchear a las consecuencias. Frente a la tesis tradicional de que el Estado tiene que ser esencialmente católico, la hipótesis, presentada y elevada a rango de tesis tras la Declaración Dignitatis Humanae del  Concilio Vaticano II, afirma que ese mismo Estado puede ser aceptable y coyunturalmente aconfesional en función de la teoría del mal menor con algunas consecuencias compatibles con el cristianismo -la propina-. La Constitución liberal es entonces aceptada como tal proponiéndose sólo cambios accidentales, nunca subvirtiendo el Estado para conseguir una Constitución católica, término que no deja de ser una contradictio in terminis al ser la constitución un pacto consensuado y coyuntural entre políticos y no unas "Leyes Fundamentales". Dilthey afirmaba que el Derecho Natural es un hallazgo y no es un artefacto, es decir, analógicamente la Constitución es un artefacto y las Leyes Fundamentales pretenden llegar a ser unos hallazgos de la investigación filosófica e histórica de la nación y con cimiento en la naturaleza humana y en la Revelación divina. Jean Marie Vassière (1966) muestra la aplicación que hace Tomás de Aquino a través de la teoría del conocimiento a la búsqueda de la verdad política. De esta forma la verdad política se tiene que buscar o establecer en un pacto de determinación artística en que se encuentran y cruzan el idealismo descendente de la autoridad con el nominalismo ascendente de la representación popular. Así las dictaduras bajan el punto de cruce al dar preeminencia al idealismo descendente, mientras que el paradigma de la democracia liberal es el nominalismo ascendente y tiene una de sus concreciones ejemplarizantes en la famosa frase de Adolfo Suárez, primer presidente español tras la transición política de un Estado autoritario confesionalmente católico, regido por unas Leyes Fundamentales y constituido en democracia orgánica, a un Estado aconfesional en forma de democracia constitucional e inorgánica monopolizada por una partitocracia, que expreso aquello de "llevar a lo político lo que a nivel de calle era normal".

[8] "Las minorías selectas, (...) el hombre selecto no es el petulante que se cree superior a los demás, sino el que se exige más que los demás, aunque no logre cumplir en su persona esas exigencias superiores" (Ortega y Gasset, 2005:77). Desde este prisma "no son selectos para sí mismos, sino selectos para servir a los demás, con olvido de sus propios intereses" (Legorburu, 2005, Julio-Agosto, 9, Ponencia de José Luis Gutiérrez, Consejero Nacional de la ACdP).

[9] Nos referimos a una aristocracia de la virtud y del talento, clases dirigentes y modélicas en su comportamiento aristocrático batiéndose bajo el espíritu de la verdad. Escribe Ortega que "la división en sociedad de masas y minorías excelentes no es, por tanto, una división en clases sociales, sino en clases de hombres, y no puede coincidir con la jerarquización en clases superiores e inferiores" (Ortega y Gasset, 2005:78). De hecho "dentro de cada clase social hay masa y minoría auténtica" (Ortega y Gasset, 2005:78).

1 comentario

Mario Meneghini -

Supongo que todos quienes frecuentamos este sitio coincidimos con el diagnóstico efectuado en el artículo. Pero, en la segunda parte: "Planteamiento de soluciones", el autor continua el diagnóstico, y no bosqueja algún sistema concreto en el que los mejores puedan gobernar.